El Gobierno de Navarra facilitará préstamos para la adquisición, promoción y rehabilitación de vivienda protegida

El consejero de Fomento y Vivienda del Gobierno de Navarra, Anai Astiz Medrano, ha presentado en rueda de prensa un nuevo acuerdo de colaboración entre el Gobierno de Navarra y entidades financieras que facilita el acceso a líneas de crédito para la adquisición, promoción y rehabilitación de vivienda protegida.

Con este acuerdo, al que se pueden sumar más entidades financieras, se actualiza el marco de colaboración, vigente desde 1998, sobre las condiciones de financiación cualificada para la adquisición, la promoción -tanto en compra como en alquiler- y la rehabilitación de viviendas protegidas. Los principales beneficiarios serán los agentes públicos y privados que intervienen en el sector y aquellos particulares que vayan a comprar o a realizar una actuación de rehabilitación.

Entre las principales novedades que aporta este nuevo acuerdo, el consejero Astiz ha destacado que sea ahora el Euribor el índice que se tome como referencia para calcular el tipo de interés en vez del IRPH (Índice de Referencia de Préstamos). Asimismo, Astiz también ha señalado que se ha tenido en cuenta el llamado Código de Buenas Prácticas Bancarias, aprobado recientemente por el Gobierno de España y al que se han adherido Caja Laboral, Caja Navarra-Banca Cívica y Caja Rural.

Desde 1998 no se había renovado el convenio de colaboración firmado en esta materia entre el Gobierno de Navarra y entidades financieras. Asimismo, el Departamento de Fomento y Vivienda había detectado una disminución del número de operaciones cualificadas realizadas. Por este motivo, según el consejero Astiz, se ha impulsado un nuevo acuerdo de colaboración, que se renovará anualmente, con el fin de fijar un marco “realista y efectivo que solucione la actual falta de financiación”.

De este modo, se regularán los préstamos que conceda la entidad financiera firmante en relación con la promoción, la adquisición y la cesión en arrendamiento de viviendas protegidas y sus anejos de nueva construcción; la rehabilitación de viviendas y edificios y la adquisición de viviendas y edificios para rehabilitación; la adquisición de viviendas usadas en el régimen de vivienda de integración social, y la adquisición onerosa y la urbanización de suelo destinado a promover sobre él viviendas protegidas. Siempre que la mayoría de tales viviendas sean protegidas, que la autorización administrativa se efectúe a partir del día de la firma de este acuerdo de colaboración y surta efecto durante su periodo de vigencia.

Los préstamos para la promoción de vivienda de protección pública en régimen de compraventa, alquiler u otros regímenes de protección pública tendrán una duración de hasta un máximo de 35 años más un periodo de carencia de hasta tres años; los préstamos para la adquisición en primera transmisión de viviendas de régimen de protección oficial, de precio tasado o precio pactado u otros regímenes de vivienda de protección pública, hasta 35 años; el plazo de amortización de los préstamos para actuaciones de rehabilitación será por un máximo de 25 años, más un periodo de hasta 30 meses de carencia; y préstamos para adquisición de viviendas usadas en el régimen de integración social: hasta 35 años. Los plazos de los préstamos cualificados serán completamente flexibles funcionando los límites aquí establecidos como máximos.

El importe máximo del préstamo cualificado alcanzará el 80% del importe de venta de la vivienda, garaje y trastero vinculado. En el caso de actuaciones de rehabilitación el importe del préstamo cualificado podrá alcanzar el importe del presupuesto protegible menos las subvenciones reconocidas. En actuaciones de adquisición de viviendas de integración social la cobertura financiera podrá alcanzar el 95% del valor de venta imputable.

El tipo de interés se revisará cada año. Los tipos de interés nominal para cada uno de los préstamos concedidos conforme al presente acuerdo, durante el periodo de carencia, serán los acordados entre las partes. En periodo de amortización, el tipo de interés nominal para cada uno de los préstamos concedidos, será el resultante de añadir un diferencial, de un mínimo de 0,60 puntos y un máximo de 1,90 puntos a la referencia Euribor a un año publicada por el Banco de España.

El índice de referencia será la Referencia Interbancaria a un año (Euribor) que se publica mensualmente por el Banco de España (ajustado matemáticamente a números enteros y dos decimales), correspondiente al mes anterior al de la fecha de revisión.

La comisión de apertura para el adquiriente se establece en 0% de la operación financiable. La comisión por amortizaciones parciales será del 0%. Las comisiones por subrogación de deudor será del 0’5%. La comisión por cancelación total anticipada será de un máximo 0%.

La entidad de crédito se compromete a remitir en el plazo de un mes al Departamento de Fomento y Vivienda tanto las fotocopias de las escrituras de formalización que pudieran serle requeridas, como cualquier otra documentación que, en relación con determinados préstamos, pudiera solicitarle.

Tres de estas entidades financieras, Caja Laboral, Caja Navarra-Banca Cívica y Caja Rural, han rubricado este acuerdo de colaboración con el consejero Astiz en el Palacio de Navarra. Caja Laboral ha estado representada por su director comercial, Iñaki Urtasun de Miguel; Caja Navarra-Banca Cívica, por su responsable del Área de Particulares y Pymes de la zona Norte, Joaquín Arbeloa Álvarez; y Caja Rural por su responsable del Área de Vivienda, Santiago Esparza Bravo.

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