Préstamos para las comunidades de propietarios

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A partir del Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, los presidentes ya pueden pedir créditos para las comunidades de propietarios con el fin de realizar obras de rehabilitación. Anteriormente se precisaba la firma de todos los propietarios, complicando, en muchos casos, las cosas dado lo difícil de lograr la unanimidad deseada y necesaria.

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Con la puesta en marcha del mencionado decreto, los presidentes pueden pedir, previa autorización de la junta de propietarios, un crédito. Aunque el texto deja muy claro que sólo se puede solicitar si su uso es la rehabilitación del edificio. En ningún caso más.

Características de los préstamos para las comunidades de propietarios

Aunque son ya más de tres años con la nueva normativa en vigor, todavía pocas entidades bancarias han creado créditos específicos. Quizá la complicada situación económica empuja a los bancos y cajas a desarrollar otro tipo de productos, de menor importe, que sí son muy solicitados en los últimos tiempos.

Por regla general, los créditos para comunidades de propietarios suelen llevar anejas comisiones, entre el 1% y el 1,5%, por apertura o cancelación, ya sea total o parcial. Además, el tiempo de amortización no suele superar los 20 años y habitualmente es posible establecer una cuota irregular.

La solicitud debe hacerla el presidente de la comunidad de vecinos , siempre y cuando cuente con el apoyo, en forma oficial de poderes, de más del 51% de los vecinos.

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Otras prestaciones a tener en cuenta en estos créditos es que suelen otorgar el 100% de la cantidad necesaria para acometer las obras correspondientes. El interés puede ser fijo o variable, dependiendo de la entidad y del riesgo; y, en la mayoría de los casos, es posible incluir un periodo de carencia de hasta dos años.

Las obras de rehabilitación que pueden acometerse gracias a este tipo de créditos son la retirada de barreras arquitectónicas, cambios en las instalaciones de gas o calefacción, sustitución o arreglo del ascensor, pintura o reparación de fachadas y, en general, cualquier obra que afecte a zonas comunitarias.

Es de esperar que cuando la crisis se vaya disipando en el horizonte, las entidades bancarias pergeñen nuevos préstamos para comunidades de propietarios. La normativa acaba con un problema habitual en este tipo de grupos sociales, como es la dificultad para ponerse de acuerdo. El simple hecho de precisar la firma de todos los vecinos era un parapeto insalvable en muchos casos.

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